En primer lugar, debemos comenzar por definir qué son los aditivos. Se trata de las sustancias o productos que, incorporados al hormigón antes del amasado (o durante el mismo, o en el transcurso de un amasado suplementario) en una proporción no superior al 5% del peso del cemento, producen la modificación deseada, en estado fresco o endurecido, de alguna de sus características, de sus propiedades habituales o de su comportamiento. De esta manera, los aditivos son componentes auxiliares del hormigón, aunque en algunas condiciones y en determinadas obras se trate de un elemento indispensable para contrarrestar problemas específicos.
La historia de los aditivos en España empieza a escribirse en la segunda mitad de los 50 y en los comienzos de la siguiente década. En aquella época aún estaban lejos de las prestaciones actuales, ya que no existía algo parecido a un “certificado de calidad” que regulase su comportamiento. De tal manera, en ocasiones no se lograban los resultados esperados o, sencillamente, al obtener una determinada propiedad, aparecían efectos secundarios inesperados negativos. La situación cambió en 1968, con la creación del Ministerio de Obras Públicas y la promulgación de la norma EH-68 sobre la “Instrucción para el proyecto y ejecución de obras de hormigón en masa o armado”, donde ya se hacía referencia a los aditivos. Bastante tiempo después, en 1983, se redactó la primera norma española sobre aditivos, la UNE 83.200, vigente hasta que laCE publicara en 1988 una directiva al respecto, en vigor actualmente y propulsora de la norma UNE EN 934.2, donde se recoge la definición, clasificación, propiedades y métodos de ensayo que todos los aditivos deben cumplir.