Nueva Ley del Suelo (Junio 2007 )

La Ley Estatal del Suelo, aprobada por las Cortes Generales el día 10 de mayo, entrará en vigor el próximo 1 de julio y derogará la vigente Ley 6/1998, de 13 de abril de Régimen del Suelo y valoraciones, así como algunos artículos de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

De acuerdo con su preámbulo, el objetivo de esta nueva Ley es establecerlas bases comunes mediante las que las Comunidades Autónomas puedan aplicar sus competencias en materia urbanística, aunque hubiera sido más correcto utilizar la terminología de “nuevas bases”, porque en la Ley 6/1998 las bases comunes ya estaban marcadas respecto a las dos materias en las que el Estado tiene competencia: régimen del suelo y valoraciones; por lo tanto, este objetivo pierde cierto sentido cuando ya existía una Ley que cumplía con este objetivo. En esta misma línea, se detecta una excesiva justificación respecto a que esta Ley no vulnera las competencias autonómicas, afirmando con rotundidad que no se trata de una Ley urbanística (entendida como tal, aquella Ley de competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas); lo que nos hace pensar que esta insistencia, más que evitar una polémica competencial, puede contribuir a abrir una puerta que ya estaba cerrada con las sentencias constitucionales de 1997 y 2001, y que con la Ley 6/1998 se entendían superadas.

En todo caso, deberemos esperar a conocer si se presentará algún recurso de constitucionalidad al respecto. Aunque a priori, ya se detecta que un punto de discusión se centrará en si una Ley estatal puede regular las reservas de vivienda de protección pública que, en este caso, se establecen en un 25% de la edificabilidad residencial prevista.

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